Reagrupación familiar

Reagrupación familiar

En nuestro despacho de abogados expertos en extranjería, logrará alternativas reales para una rápida reagrupación familiar. Es importante conocer los requisitos solicitados por la Administración para hacer efectiva dicha reagrupación. Los principales requisitos para conseguir la reagrupación, son:

  • Tener un trabajo o ingresos lo suficientemente amplios como para poder mantener a los miembros de la familia una vez estén reagrupados, ingresos mediante los que se cubrirán las necesidades en cuanto a alimentación, escolarización, etc.
  • Poseer un inmueble con las adecuadas condiciones de habitabilidad. De este modo, los miembros de la familia podrán ser reagrupados y residir en una vivienda digna y con infraestructuras y estructura en buen estado. No se permitirá la reagrupación si la vivienda es ilegal o no consta de los más básicos parámetros en cuanto a seguridad e higiene.
  • Los permisos deberán ser para un año al menos.

La reagrupación familiar es algo más que un concepto legal, sobre todo para las personas interesadas en ella.

Se trata de uno de los aspectos más sensibles en el área de la inmigración y sus derechos, ya que implica el bienestar de menores y personas en posibles situaciones de vulnerabilidad.

Para obtener la reagrupación familiar, otro de los requisitos indispensables es ostentar un permiso legal de residencia en nuestro país y hacer constar la intención de permanecer en nuestra nación. Sabemos que para muchos inmigrantes, la llegada de su familia a nuestro país y la convivencia en familia son realmente importantes, por lo que los informamos extensamente de todos los requisitos, excepciones, ventajas...

La Ley de Extranjería suele modificarse con asiduidad, por lo que es necesario que los profesionales estén muy al corriente de los cambios y la implementación de nuevas normativas. La reagrupación familiar afectará a hijos (siempre que se disponga de la patria potestad sobre ellos), ascendientes (padres, madres, abuelas, abuelos...) y, por supuesto, al cónyuge de la persona solicitante.
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